ACTOS INSEGUROS CONDICIONES INSEGURAS
DEFINICIÓN:
“Son las instalaciones, equipos de trabajo, maquinaria y herramientas que NO están en condiciones de ser usados y de realizar el trabajo para el cual fueron diseñadas o creadas y que ponen en riesgo de sufrir un accidente a la o las personas que las ocupan”.
EN MI COLEGIO:
1.las escaleras no tienen lija para el caso que si llueve los estudiantes, docentes o cualquier persona no resbalen.
2. cables afuera que pueden generar incendios.
3. ventanas sin vidrios, las que tienen ventanas tienen los vidrios flojos.
ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL
El Elemento de Protección Personal (EPP), es cualquier equipo
o dispositivo destinado para ser utilizado o sujetado por el trabajador, para protegerlo de uno o varios riesgos y aumentar su seguridad o su salud en el trabajo. Las ventajas
que se obtienen a partir del uso de los elementos de protección personal (EPP) son las siguientes: proporcionar una barrera entre un determinado riesgo y la persona, mejorar el
resguardo de la integridad física del trabajador y disminuir la gravedad de las consecuencias de un posible accidente sufrido por el trabajador. La mayoría de los EPP son de fácil selección, fáciles de utilizar y existe una gran variedad de oferta en el mercado.
El Área de Higiene y Seguridad en el trabajo de la Sección de Salud Ocupacional, debe determinar la necesidad de uso de los equipos y elementos de protección personal, las condiciones de utilización y vida útil. Una vez determinada la necesidad de
usar un determinado EPP, su utilización debe ser obligatoria por parte del personal de la institución. Los EPP deben ser de uso individual y no intercambiable, aún cuando existan razones de higiene y practicidad que así lo aconsejen. Los equipos y elementos de protección personal, deben ser proporcionados a los trabajadores y utilizados por éstos, mientras se agotan todas las instancias científicas y técnicas tendientes al aislamiento o eliminación de los riesgos.
BOTAS DIELÉCTRICAS: Son botas elaboradas en material de cuero y ofrecen un
alto nivel de protección contra descargas eléctricas para Trabajadores que se exponen a
riesgo eléctrico.
Estas botas deben tener suela de caucho cocida (en ningún caso con clavos), libres de ojaletes o partes metálicas y resistentes a voltajes de 1000 voltios para corriente alterna y
1500 voltios para corriente continua.
PROTECCIÓN FACIAL: específicamente diseñadas para la protección del rostro partes de la cabeza durante la realización de dichos trabajos.
GUANTES : cubrimiento de las manos para prevenir quemaduras o cualquier daño físico.
TAPABOCAS: es utilizado para evitar el aseso de químicos, o polvillos que puedan llegar afectar nuestros pulmones.
COPASO
Qué es COPASO?
El Comité Paritario de Salud Ocupacional constituye un medio importante para promocionar la Salud Ocupacional en todos los niveles de la Universidad, buscar acuerdos con las directivas y responsables del Programa de Salud Ocupacional en función del logro de metas y objetivos concretos, divulgar y sustentar prácticas saludables y motivar la adquisición de hábitos seguros.
La resolución 2013 de 1986 resuelve que todas las empresas e instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio 10 o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO). El artículo 35 del Decreto 1295 de 1994 establece para empresas de menos de 10 trabajadores, la obligación de nombrar un Vigía Ocupacional.
El COPASO debe estar conformado por igual número de representantes por parte del empleador e igual número de representantes por parte de los trabajadores. El empleador debe nombrar sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre. El Vigía Ocupacional es elegido por el empleador, no requiere proceso de votación. El período de vigencia de los miembros del Comité es de 2 años, al cabo del cual podrán ser reelegidos.
Debe ser registrado en el Ministerio de Protección Social, el cual puede verificar su legalidad por medio de visitas a las empresas.
El COPASO se debe reunir por lo menos una vez al mes en la empresa y en horas de trabajo y mantener un archivo de las actas de reunión.
Responsabilidades:
El Comité Paritario de Salud Ocupacional tiene entre otras las siguientes responsabilidades:
§ Proponer y participar en actividades de salud ocupacional dirigida a empleados y directivos.
§ Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial, debe realizar la universidad de acuerdo con el reglamento de higiene y seguridad industrial y las normas vigentes y proponer su divulgación y observación.
§ Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos y las operaciones realizadas por los empleados e informar al responsable del Programa de Salud Ocupacional: Jefe Departamento de Personal sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las normas correctivas y de control.
§ Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los empleados en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional.
§ Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador o al responsable del Programa de Salud Ocupacional las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia.
SEGURIDAD BRIGADISTA:
¿Quienes son los brigadistas?
Son básicamente personas comunes entrenadas y coordinadas para responder prontamente a situaciones poco comunes (emergencias) en su lugar de trabajo.
Son la primera línea de defensa in situ hasta la llegada de los sistemas profesionales de emergencias externos.
¿Por qué tener una brigada?
Los factores que determinan que se cuente con una Brigada contra incendios son los siguientes:
Tamaño y distribución de las instalaciones que debe proteger.
Naturaleza de los peligros de incendio.
La protección para el fuego ya disponible en la planta.
La ayuda del cuerpo de bomberos con que se puede contar.
El tiempo en que puedan demorar en llegar los bomberos externos.